Salto al vacío (sin red)

Facebook
Twitter
LinkedIn
WhatsApp
Email

Artículo de opinión de Juanjo Álvarez publicado en DEIA (3/09/2017 enlace)

(Imagen cortesía de pixabay.com)

La proposición de Ley de transitoriedad jurídica y fundacional de la hipotética República catalana requiere de un análisis técnico-jurídico en torno a la inseguridad jurídica que buena parte de su contenido plantearía caso de materializarse su entrada en vigor. Sin entrar en esos detalles técnicos, si cabe apuntar que hay dos aspectos claves para entender las dificultades inherentes a un proceso unilateral como el ahora propuesto: por un lado, es complejo y como mínimo cuestionable desde un punto de vista democrático que se regule la consecuencia de la consulta antes de haberse celebrado ésta. ¿Es congruente con los principios democráticos invocados de forma reiterada por los convocantes de la consulta el hecho de proceder a regular los efectos de un acto, que afecta a la totalidad de la sociedad catalana, antes de que éste haya sido ratificado por la voluntad popular que se aduce como factor legitimador de la nueva realidad estatal emergente?; ¿Existe mandato democrático en Cataluña para llevar adelante esta ley?.

La segunda cuestión destacable radica en que más de dos terceras partes de la proposición de ley requiere de un pacto con terceros: en unos casos, la mayoría, con el Estado español; en numerosos ámbitos de la proposición de ley sería necesario un pacto con la UE y con sus instituciones y en otra serie de preceptos claves ese pacto sería imprescindible con terceros Estados y con las Organizaciones internacionales, la primera de ellas Naciones Unidas, cuya Asamblea General tiene entre otras cosas la llave político pragmática para admitir que emerja con eficacia un nuevo Estado en la comunidad internacional.

El voluntarismo coherente de la ley quiere hacernos pensar que el pacto debe lograrse sí o sí, y que éste no puede ser negado pese al paso unilateral emprendido bajo el argumento de que la «voluntad popular» catalana se plasma en esta ley fundacional y en los sucesivos pasos que la nueva legalidad constituyente establecerá.

Al margen del análisis de otras cuestiones llamativas en la proyectada ley, tales como la forma de adquisición de nacionalidad, la forma de regular la doble nacionalidad o la peculiar forma selectiva de integrar la legalidad española en la nueva realidad estatal catalana, la pregunta que subyace tras estos pasos es en qué medida no se desnaturaliza el invocado «Derecho a decidir», que de facto pasa a convertirse en un nuevo derecho a la secesión unilateral. Ni la cicatera y cerrada visión nacionalista española del Gobierno de Rajoy puede justificar este salto en el vacío que nubla todo el discurso de la estrategia independentista transformadora.

Si proyectamos esta metodología de actuación legislativa sobre nuestra realidad vasca sumamos más interrogantes que los de por sí ya plantea la ley catalana: ¿Cómo lograr alianzas entre agentes que amplíen la base social del llamado derecho a decidir si aceptamos que al final la secesión opera como el resultado de un proceso soberanista unilateral?; ¿Cómo lograr el respaldo de las instituciones europeas e internacionales (éstas antes que las europeas, porque si no hay nuevo Estado reconocida por ellas no existe sujeto político que pueda integrarse en la UE)?; ¿Cómo, en nuestro caso, resolver confederalmente la cuestión de la territorialidad (Dos Estados, tres territorios, dos Comunidades Autónomas) para proyectarla a un hipotético proceso constituyente?.

¿Qué es más importante, no debatir acerca del modelo de sociedad, de país, de de educación, de ciudadanía, de lengua, de cultura, de identidad, de sistema industrial, de andamiaje institucional e ir a por la independencia sin más, y luego ya se verá?. ¿A eso se reduce el llamado derecho a decidir?

El denominado derecho a decidir de la sociedad vasca ha de ser punto de encuentro, no de ruptura. Frente a los vetos a las imposiciones hay que construir y trabajar, de forma seria y argumentada. Habrá, en medio del debate político, quien quiera plantear éste como una estrategia de división. Para unos todo avance o profundización sonará a «aventura soberanista»; para otros no será más que juegos florales u ornamentales, sin relevancia. La clave del trabajo a realizar para lograr un gran consenso, plural, inclusivo y con aportaciones de todos radica en la metodología, y con todo el respeto al proceso catalán cabe sostener que un texto como el ahora propuesto, anclado en bases poco sólidas, con meros eslóganes y principios retóricos no es la base adecuada para avanzar en un proceso de verdadera (por realizable) construcción nacional.

 

Leer más artículos en el blog

Leer más trabajos de investigación

Ver más publicaciones

Ver actividades

Juan José Álvarez

Secretario de GLOBERNANCE (Instituto para la Gobernanza Democrática). Juan José Álvarez es Doctor en Derecho, en el área de Derecho Internacional Privado, por la UPV/EHU; obtuvo el premio extraordinario de Doctorado , junto al Premio Extraordinario de Licenciatura y examen de Grado, con la Calificación de Sobresaliente/ Matrícula de honor. Recibió el Premio Eusko-ikaskuntza-Laboral Kutxa de Humanidades, Cultura, Artes y Ciencias Sociales del año 2015. Es Catedrático de Derecho Internacional Privado de la UPV/EHU y profesor visitante en numerosas Universidades y centros de investigación nacionales y europeos. Es cofundador y Secretario de GLOBERNANCE (Instituto para la Gobernanza Democrática). Fue Secretario General del Consejo Vasco del Movimiento Europeo (EUROBASK/CVME) (Mayo de 2003-2012) y designado como experto por la COMISIÓN EUROPEA (Dirección General de Justicia, Libertad y Seguridad), con fecha 17 de diciembre de 2007, para las áreas de Justicia Civil, fronteras, protección de datos personales y ámbitos de seguridad. Sus líneas de investigación se centran en el Derecho Marítimo, Derecho del comercio internacional y DDHH, Derecho europeo y ámbitos vinculados a los conflictos internos. Entre sus últimas investigaciones cabe citar Las Lecciones Jurídicas del Caso Prestige”. Hacia un nuevo Derecho de daños marítimo: tendencias actuales (ARANZADI THOMSON REUTERS, 2012), Human Rights in Business. Removal of Barriers to acces to Justice in the European Union TAYLOR-FRANCIS, 2017), «Brexit y Gibraltar: la perspectiva de las personas jurídicas. Incidencia sobre la libertad de establecimiento y prestación de servicios”,El Brexit y Gibraltar. Un reto con oportunidades conjuntas, Madrid, (ESCUELA DIPLOMÁTICA, 2017), «Crisis Matrimoniales y Conflictos de leyes internos”, Crisis Matrimoniales Internacionales y sus efectos. Derecho Español y de la Unión Europea, TIRANT LO BLANCH, 2018). Es coordinador del observatorio jurídico transfronterizo hispano-francés y director de la Cátedra Universidad-Empresa de CONFEBASK. HTTP://WWW.EUSKOMEDIA.ORG/AUNAMENDI/24402

Más publicaciones y noticias

A tiempo

Artículo de opinión de Mikel Mancisidor @MMancisidor1970  el 9 de febrero de 2025 en Deia (enlace) A tiempo La semana pasada

Leer más »

El momento de Europa

Artículo de opinión de Mikel Mancisidor @MMancisidor1970  el 2 de febrero de 2025 en Noticias de Álava (enlace) El momento de

Leer más »
Ir al contenido