Nacionalidad y Ciudadanía Vasca

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Artículo de opinión de Juanjo Álvarez  @jjalvarez64 publicado el 24/06/2018 en Diario Vasco (enlace)

Vivimos tiempos complejos en la política y en lo social que recuerdan a lo dicho por el gran poeta Antonio Machado, quien definía con brillantez el gregarismo social al escribir «qué difícil es, cuando todo baja, no bajar también». Tenía razón. En nuestro caso, en Euskadi, todo intento reformista y actualizador pautado que no defienda la ruptura absoluta y radical parece carecer de interés. Una promesa que active la pulsión emocional parece valer mucho más que los ejercicios de realismo responsable.

La sociedad contemporánea presenta una enorme complejidad que no puede ser comprendida si se la reduce a un principio explicativo único y excluyente. Con permiso de D.Antonio Machado sería preferible ir un poco a contracorriente, dejar de lado por una vez el fácil gregarismo del maximalismo y trabajar con humildad y constancia por mejorar las cosas, modificando lo que haya que cambiar y actualizar.

En este contexto, y dentro de los trabajos parlamentarios desarrollados en la ponencia de Autogobierno, ha emergido la polémica vinculada al empleo del binomio ciudadanía-nacionalidad vasca. El texto consensuado por el PNV y por EH Bildu no difiere del Estatuto de Gernika en lo que respecta a los derechos y deberes que ostentan y asumen toda la ciudadanía, pero incorpora como llamativa novedad la incorporación del reconocimiento de la «nacionalidad vasca».

El vigente artículo 7.1 de nuestro Estatuto señala que tendrán la condición política de vascos quienes tengan la vecindad administrativa en cualquiera de los municipios vascos. También en la redacción ahora propuesta para el futuro nuevo Estatuto se vincula de forma mimética el concepto de «ciudadanía vasca» a la vecindad administrativa; es decir, tal y como ya ocurre hoy día, se considera ciudadano vasco todo aquel que esté  empadronado y resida en cualquiera de los municipios vascos. Y todos ellos, ciudadanos y ciudadanas vascas calificadas así por el hecho de residir en un municipio de Euskadi, dispondrán de los derechos y deberes que se contengan en el futuro Estatuto.

En la nueva redacción propuesta se subraya que la vecindad administrativa es el criterio de inserción de las personas en nuestra comunidad política vasca y que posibilita a todas ellas el acceso a los servicios públicos, «con independencia de su procedencia o nacionalidad». Nada por tanto, cabe objetar a esta primera parte de la redacción propuesta, ya que respecto a la atribución de derechos y deberes civiles y políticos no hay diferencia alguna respecto a la redacción que hoy día está en vigor.

Cabría proponer, para profundizar y ampliar los destinatarios de tal condición de «Ciudadanía vasca» la sustitución del criterio de vecindad administrativa por otro criterio o punto de conexión: el de «residencia habitual» (en el sentido de «centro de vida»).          Éste el concepto que emplean los Reglamentos Europeos en materia de derecho privado y caso de utilizarse en nuestro Estatuto permitiría englobar dentro de nuestra ciudadanía también a quienes, teniendo formalmente vecindad administrativa en Iparralde desarrollan de facto su vida aquí, en Hegoalde. Es el momento de acordarnos de los ciudadanos y ciudadanas transfronterizas.

La segunda parte del texto aprobado en la ponencia desarrolla el novedoso concepto de «nacionalidad vasca». Remite su concreción a una futura ley del Parlamento Vasco, y la propuesta se limita a señalar que habida cuenta del carácter plurinacional del Estado español se deberá reconocer «la nacionalidad vasca a la ciudadanía vasca». ¿Aporta algo esta inclusión, más allá de su dimensión épica? ; ¿De qué nación hablamos si disociamos «nacional» y «ciudadano» ?

Cuando estos conceptos se proyectan sobre realidades sociopolíticas como la vasca o la catalana ambos se acaban utilizando más como factor de tribalización, de enfrentamiento o de reflejo de pertenencias nacionales enfrentadas que como instrumentos para una sana convivencia.

Frente a esta tendencia, en muchos sectores académicos e intelectuales europeos se cuestiona y debate la idea de ciudadanía unida a la de nacionalidad por ser considerada una herencia ya superada del modelo liberal y decimonónico de Estado, hoy día obsoleto e inviable. El filósofo alemán J.Habermas pertenece a esa corriente de pensadores que propugna desconectar la noción de ciudadanía de la nacionalidad y contrapone  a tal binomio el de “ciudadanía e identidad nacional».

Lo deseable sería construir un modelo de ciudadanía y de relación con otras realidades nacionales que nos permita transigir, convivir y dialogar con las minorías culturales internas y con las diversas concepciones del» ser» y del «sentir» vasco. La uniformidad cultural, la armonización y la homogeneización forzada debilitan toda construcción nacional.

El concepto de ciudadanía cívica vasca en y para Euskal Herria podría, por esta vía, superar la mera dimensión estatal, por un lado, y por otro ha de permitir combinar la unidad en la diversidad y debe evitar la asimilación y la homogeneización forzada.

La identidad de naciones como la vasca será más fuerte cuanto más apueste por ser abierta, integradora y respetuosa con sus diferencias interiores. Una nación cívica debe basar su fuerza en una concepción inclusiva de la identidad que valora su pluralismo interno y su complejidad social.

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Juan José Álvarez

Secretario de GLOBERNANCE (Instituto para la Gobernanza Democrática). Juan José Álvarez es Doctor en Derecho, en el área de Derecho Internacional Privado, por la UPV/EHU; obtuvo el premio extraordinario de Doctorado , junto al Premio Extraordinario de Licenciatura y examen de Grado, con la Calificación de Sobresaliente/ Matrícula de honor. Recibió el Premio Eusko-ikaskuntza-Laboral Kutxa de Humanidades, Cultura, Artes y Ciencias Sociales del año 2015. Es Catedrático de Derecho Internacional Privado de la UPV/EHU y profesor visitante en numerosas Universidades y centros de investigación nacionales y europeos. Es cofundador y Secretario de GLOBERNANCE (Instituto para la Gobernanza Democrática). Fue Secretario General del Consejo Vasco del Movimiento Europeo (EUROBASK/CVME) (Mayo de 2003-2012) y designado como experto por la COMISIÓN EUROPEA (Dirección General de Justicia, Libertad y Seguridad), con fecha 17 de diciembre de 2007, para las áreas de Justicia Civil, fronteras, protección de datos personales y ámbitos de seguridad. Sus líneas de investigación se centran en el Derecho Marítimo, Derecho del comercio internacional y DDHH, Derecho europeo y ámbitos vinculados a los conflictos internos. Entre sus últimas investigaciones cabe citar Las Lecciones Jurídicas del Caso Prestige”. Hacia un nuevo Derecho de daños marítimo: tendencias actuales (ARANZADI THOMSON REUTERS, 2012), Human Rights in Business. Removal of Barriers to acces to Justice in the European Union TAYLOR-FRANCIS, 2017), «Brexit y Gibraltar: la perspectiva de las personas jurídicas. Incidencia sobre la libertad de establecimiento y prestación de servicios”,El Brexit y Gibraltar. Un reto con oportunidades conjuntas, Madrid, (ESCUELA DIPLOMÁTICA, 2017), «Crisis Matrimoniales y Conflictos de leyes internos”, Crisis Matrimoniales Internacionales y sus efectos. Derecho Español y de la Unión Europea, TIRANT LO BLANCH, 2018). Es coordinador del observatorio jurídico transfronterizo hispano-francés y director de la Cátedra Universidad-Empresa de CONFEBASK. HTTP://WWW.EUSKOMEDIA.ORG/AUNAMENDI/24402

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