Juan José ÁLVAREZ. «¿En defensa de la legalidad?»

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¿En defensa de la legalidad?

Artículo publicado en DEIA y Noticias de Gipuzkoa el 15/05/2016

VIVIMOS formalmente (la realidad, como tantas veces, va por otro raíl) en un Estado democrático y de Derecho. Con esta afirmación la Constitución pretende subrayar que la legalidad y la seguridad jurídica deben presidir el ejercicio de la convivencia en democracia. Suena muy bien y parece difícil contravenir u oponerse a tal máxima o principio, pero la apelación recurrente a la misma para impedir el desarrollo de otros valores y principios democráticos merece cuando menos una reflexión.

El recurso del político inmovilista, el argumento de quien desea seguir protegido por el pseudomovimiento, es decir, por parecer que se avanza, que hay dinamismo social y político para en realidad volver de nuevo al mismo sitio se llama siempre legalidad. Una legalidad pétrea, marmolea, rígida, inflexible, inadaptada a las nuevas realidades sociales es el reducto perfecto para quien desde la política persigue imponer la fuerza de la inercia como si ésta formara parte de una especie de orden natural de las cosas.

Tal y como señalaba con acierto el profesor Ramón Martín Mateo, el mundo del Derecho, el de la legalidad, y los hombres y mujeres juristas deben comportarse como ingenieros sociales. En efecto, debemos garantizar el respeto a aquellas normas imperativas de conducta esenciales para la convivencia pero debemos al mismo tiempo tender puentes en lugar de elevar muros y diques, debemos proponer soluciones en lugar de imponer permanentemente sanciones, debemos mostrar el camino de adaptación y adecuación del Derecho y de la legalidad a la realidad y no al revés, como con frecuencia sucede en nuestra sociedad. Rara vez logramos este objetivo porque el Derecho casi siempre llega tarde, va por detrás de la sociedad y sus problemas y genera con frecuencia más problemas que aquéllos que pretende resolver.

La penúltima apelación a la exigencia de defensa de la legalidad ha conducido al fin de las emisiones de ETB en Navarra. Todo, al parecer, se reduce a una norma administrativa, entronizada por unos, demonizada por otros.

La propia invocación a la fuerza de la legalidad ha servido para frenar consultas democráticamente impecables, como el caso catalán, apelando en este caso por cierto a una norma, la Ley Orgánica del referéndum de 1980, que los propios políticos que ahora la esgrimen como argumento férreo al que atenerse para negar toda viabilidad posible a una consulta pactada conculcaron la propia ley cuando les interesó. Ese fue el caso del referéndum a favor de la autonomía andaluza y la superación pactada entre el PSOE y la entonces Alianza Popular (hoy Partido Popular) del corsé legal que la ley de 1980 representaba tras la no superación de los requisitos requeridos en todas las provincias andaluzas (Almería se desmarcó del resto y el respeto a la Ley hubiera supuesto cinco años de espera para reiniciar de nuevo el proceso hacia una Andalucía constituida como autonomía histórica o del primer nivel competencial).

En este caso se pactó, y se siguió adelante. Primó el dinamismo político sobre la lectura literal y formal de la ley. ¿Por qué aquí sí y en otros casos no, si la legalidad es la misma?

Habría otros muchos ejemplos que citar. Lo relevante es conceptuar el Derecho como un producto social cuyo principal objetivo ha de ser normar las relaciones sociales, fijar un orden racional que paute conductas y, sobre todo, una herramienta al servicio de la sociedad. De hecho, nuestro término técnico en euskera, Zuzenbidea, camino recto, corresponde a la denominación heredada del Derecho romano y revela el sentido de una sana convivencia entre Derecho y sociedad.

Ello significa huir de utilizaciones torticeras o fraudulentas del Derecho, supone eludir meandros normativos que encubren auténticos fraudes de ley. Esta premisa exige huir de simplificaciones siempre estériles e injustas y ha de suponer también no caer en la demonización de conceptos, porque la realidad jurídica es mucho más compleja de lo que los habituales discursos políticos pretenden hacernos ver desde un maniqueísmo tan superficial como perturbador.

La gran diferencia entre unas sociedades y otras no se llama legalidad, se denomina cultura política, cultura democrática. Para los ingleses o los estadounidenses, dos de los mejores ejemplos de construcción democrática, imperfectas pero consolidadas, asentadas y con un nivel de madurez que cabe envidiar desde nuestra poca cintura jurídico-política, la realidad se construye de forma dinámica, atendiendo a lo que los ciudadanos directamente o a través de sus representantes proponen. Y es la legalidad, la realidad jurídica la que se adapta a esa exigencia de dinamismo.

En nuestro caso ocurre exactamente lo contrario: primero se construye la realidad jurídica, el bloque de legalidad y ha de ser la vida social, la realidad social y política la que deberá encajar sí o sí en tal dimensión legal preestablecida. Y lo que no encaje en la misma es rechazado, porque conforme a esta rígida concepción lo que no existe en la ley no debe existir ni ser reconocido en la dimensión social o política.

Así nos va, con una clase política española incapaz de resolver problemas que serían resolubles con vocación de pacto y cultura democrática, algo que no tiene por qué estar reñido con un concepto de legalidad que sea algo más que las Tablas de la Ley, inmutables y perpetuas.

 

Juan José Álvarez

Catedrático de Derecho Internacional Privado en la UPV/EHU y secretario del Instituto de Gobernanza

Juan José Álvarez

Secretario de GLOBERNANCE (Instituto para la Gobernanza Democrática). Juan José Álvarez es Doctor en Derecho, en el área de Derecho Internacional Privado, por la UPV/EHU; obtuvo el premio extraordinario de Doctorado , junto al Premio Extraordinario de Licenciatura y examen de Grado, con la Calificación de Sobresaliente/ Matrícula de honor. Recibió el Premio Eusko-ikaskuntza-Laboral Kutxa de Humanidades, Cultura, Artes y Ciencias Sociales del año 2015. Es Catedrático de Derecho Internacional Privado de la UPV/EHU y profesor visitante en numerosas Universidades y centros de investigación nacionales y europeos. Es cofundador y Secretario de GLOBERNANCE (Instituto para la Gobernanza Democrática). Fue Secretario General del Consejo Vasco del Movimiento Europeo (EUROBASK/CVME) (Mayo de 2003-2012) y designado como experto por la COMISIÓN EUROPEA (Dirección General de Justicia, Libertad y Seguridad), con fecha 17 de diciembre de 2007, para las áreas de Justicia Civil, fronteras, protección de datos personales y ámbitos de seguridad. Sus líneas de investigación se centran en el Derecho Marítimo, Derecho del comercio internacional y DDHH, Derecho europeo y ámbitos vinculados a los conflictos internos. Entre sus últimas investigaciones cabe citar Las Lecciones Jurídicas del Caso Prestige”. Hacia un nuevo Derecho de daños marítimo: tendencias actuales (ARANZADI THOMSON REUTERS, 2012), Human Rights in Business. Removal of Barriers to acces to Justice in the European Union TAYLOR-FRANCIS, 2017), «Brexit y Gibraltar: la perspectiva de las personas jurídicas. Incidencia sobre la libertad de establecimiento y prestación de servicios”,El Brexit y Gibraltar. Un reto con oportunidades conjuntas, Madrid, (ESCUELA DIPLOMÁTICA, 2017), «Crisis Matrimoniales y Conflictos de leyes internos”, Crisis Matrimoniales Internacionales y sus efectos. Derecho Español y de la Unión Europea, TIRANT LO BLANCH, 2018). Es coordinador del observatorio jurídico transfronterizo hispano-francés y director de la Cátedra Universidad-Empresa de CONFEBASK. HTTP://WWW.EUSKOMEDIA.ORG/AUNAMENDI/24402

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