Cataluña, ¿Qué desenlace?

Facebook
Twitter
LinkedIn
WhatsApp
Email

Artículo de opinión de Juanjo Álvarez publicado en Deia (10/09/2017 enlace) y en Noticias de Navarra (10/09/2017 enlace)

(Imagen cortesía de pixabay.com)

Tras unos días tan intensos como los que se han vivido en Cataluña, la Diada de este 11 de septiembre marca la efervescencia del momento a escasas tres semanas del referéndum convocado para el 1-O; cada día, cada semana que pasa las posiciones de ambas partes se enrocan de forma al parecer irreversible e inevitable. A estas alturas mostrar solidaridad y empatía con Cataluña o apoyar que la solución pase por la consulta pactada a la ciudadanía como la forma de resolver democráticamente un problema político parece incompatible con afirmar que la invocación del principio democrático no ampara o da cobertura de forma ilimitada a todas las decisiones adoptadas desde los rectores de la política catalana.

O dicho de otro modo: en este convulso contexto una opinión que exponga que contraponer y tratar de jerarquizar ambos principios, el principio democrático (tesis independentista) frente al principio de legalidad (tesis inmovilista del gobierno español) es crear un falso conflicto entre dos principios en realidad indisociables y que deben coordinarse y adaptarse entre sí, autolimitándose recíprocamente, será descalificada por parecer una tesis supuestamente equidistante y ambigua.

Y creo, con todo el respeto a los extremos, que solo mirando de frente a la realidad catalana es posible frenar este choque: el Gobierno central tiene la clave dejando de un lado su inmoral e interesado inmovilismo, porque retrasar decisiones o adoptarlas solo en clave de advertencia o de represión y sanción bajo el «magno» imperio de la ley supone de facto desatender el papel fundamental de la política en una vida en sociedad. Al Gobierno central le correspondía dar un paso que abriera la solución y no lo ha dado ni lo ha querido hacer.

¿Hay alguien capaz de poner el contador a cero?; ¿quién puede aportar algo de cordura en este contexto de creciente matonismo dialéctico que ensancha la distancia entre España y Cataluña y aviva el enfrentamiento?; ¿puede aparecer algún destello de sensatez que se interponga entre la efervescencia épica de unos y la prepotencia y arrogancia política inmovilista de otros?

El diálogo político es la solución; y sin embargo hay más amenazas que propuestas de diálogo y el tiempo transcurre entre la Política y el Derecho. La apuesta soberanista catalana pasa por poner en marcha actos de estatalidad formal. ¿Qué ocurrirá si la dinámica conduce a un encarcelamiento de miembros del Govern de la Generalitat?; ¿Cómo gestionar el 1-O y el post-referéndum?; y si éste no pudiera finalmente celebrarse y la respuesta fuese un encierro de cargos institucionales en el Parlament y posterior presión ciudadana en las calles, ¿cómo se gestiona esa suma de sensaciones y sentimientos?.

Pese a no ser lo deseable, cabe prever que pueda entrar en juego la vía penal, incluido potencialmente el grave delito, en cuanto a la pena, de sedición; una deriva que se exhibe por el Gobierno central como fortaleza pero que muestra en realidad su debilidad, su incapacidad derivada de una prepotencia que le lleva a inutilizar herramientas políticas para atender a una cuestión política.

¿Ha habido realmente movimientos políticos que hayan intentado encauzar una solución dialogada a este problema, ahora jurídico, pero de origen y base política?. Si verdaderamente se lograra un gran apoyo social a la reivindicación de independencia, si eso es lo que realmente deseara una gran mayoría social clara en Cataluña no habrá norma jurídica que impida la materialización o conclusión fáctica del proceso de independencia. Aquí radica el verdadero reto, en lograr ese gran apoyo social que consolide el proyecto independentista.

La solución pasa por articular cauces que permitan, con plenas garantías jurídicas y democráticas, previendo pautas de participación y de mayorías claras necesarias, contemplar en el ordenamiento jurídico estatal el derecho de una CCAA a poder consultar a sus ciudadanos (llámese Derecho a decidir o de otra forma) sobre su voluntad política de pertenencia a la realidad estatal preexistente (España) o acceder a otro estatus de relación.

El propio TC ya esbozó la senda posible hacia un acuerdo en 2014 cuando, al tiempo que declaraba contraria a la Constitución una resolución anterior del Parlamento de Cataluña por la que pretendía conferir al pueblo catalán la condición de “sujeto político y jurídico soberano”, descartó que la Constitución sea un muro impenetrable y la presentó como un cauce para que se exprese la voluntad popular y señaló que las referencias al “derecho a decidir” son “una aspiración política” a la que puede llegarse mediante un proceso ajustado a la legalidad. Otra vez, por cierto, el binomio política y Derecho. Ojalá se imponga la cordura.

 

Leer más artículos en el blog

Leer más trabajos de investigación

Ver más publicaciones

Ver actividades

Juan José Álvarez

Secretario de GLOBERNANCE (Instituto para la Gobernanza Democrática). Juan José Álvarez es Doctor en Derecho, en el área de Derecho Internacional Privado, por la UPV/EHU; obtuvo el premio extraordinario de Doctorado , junto al Premio Extraordinario de Licenciatura y examen de Grado, con la Calificación de Sobresaliente/ Matrícula de honor. Recibió el Premio Eusko-ikaskuntza-Laboral Kutxa de Humanidades, Cultura, Artes y Ciencias Sociales del año 2015. Es Catedrático de Derecho Internacional Privado de la UPV/EHU y profesor visitante en numerosas Universidades y centros de investigación nacionales y europeos. Es cofundador y Secretario de GLOBERNANCE (Instituto para la Gobernanza Democrática). Fue Secretario General del Consejo Vasco del Movimiento Europeo (EUROBASK/CVME) (Mayo de 2003-2012) y designado como experto por la COMISIÓN EUROPEA (Dirección General de Justicia, Libertad y Seguridad), con fecha 17 de diciembre de 2007, para las áreas de Justicia Civil, fronteras, protección de datos personales y ámbitos de seguridad. Sus líneas de investigación se centran en el Derecho Marítimo, Derecho del comercio internacional y DDHH, Derecho europeo y ámbitos vinculados a los conflictos internos. Entre sus últimas investigaciones cabe citar Las Lecciones Jurídicas del Caso Prestige”. Hacia un nuevo Derecho de daños marítimo: tendencias actuales (ARANZADI THOMSON REUTERS, 2012), Human Rights in Business. Removal of Barriers to acces to Justice in the European Union TAYLOR-FRANCIS, 2017), «Brexit y Gibraltar: la perspectiva de las personas jurídicas. Incidencia sobre la libertad de establecimiento y prestación de servicios”,El Brexit y Gibraltar. Un reto con oportunidades conjuntas, Madrid, (ESCUELA DIPLOMÁTICA, 2017), «Crisis Matrimoniales y Conflictos de leyes internos”, Crisis Matrimoniales Internacionales y sus efectos. Derecho Español y de la Unión Europea, TIRANT LO BLANCH, 2018). Es coordinador del observatorio jurídico transfronterizo hispano-francés y director de la Cátedra Universidad-Empresa de CONFEBASK. HTTP://WWW.EUSKOMEDIA.ORG/AUNAMENDI/24402

Más publicaciones y noticias

Aquí está el Estado

Artículo de opinión de Cristina Monge  @tinamonge  publicado el 3 de noviembre de 2024 en InfoLibre (enlace). Aquí está el Estado Aviso: Este

Leer más »

El dilema del corcho

Artículo de opinión de Mikel Mancisidor @MMancisidor1970  el 27 de octubre de 2024 en Deia (enlace) El dilema del corcho Se

Leer más »
Ir al contenido