¿La legislatura del acuerdo?

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Artículo de opinión de Juanjo Álvarez  @jjalvarez64 publicado el 25/10/2020 en Noticias de Gipuzkoa (enlace) 

¿La legislatura del acuerdo?

Hace hoy 41 años, el Estatuto de Gernika fue sometido a referéndum y aprobado con una participación del 58,85% del censo y un 90,27% de votos afirmativos. Esta efeméride, ya histórica, no debe ser ni menospreciada (minusvalorando su valor y contenido) ni ensalzada acríticamente, como si fuera estación normativa de fin de destino y por tanto inmutable en su contenido, como si estuviera escrito en mármol y su redacción vigente sirviera de dique o freno a su necesaria actualización y al crecimiento orgánico de nuestro autogobierno.

Nuestro Estatuto es el único que no ha experimentado ni actualización ni mejora alguna. Y no es una mera cuestión estética: un mejor autogobierno requiere un renovado texto estatutario y hay margen de mejora importante en la dimensión estrictamente competencial, en la vertiente transfronteriza (ausente en la redacción vigente), en todo el ámbito de derechos de la ciudadanía, en la dimensión social del autogobierno o en la mejora de la gobernanza interna de nuestras instituciones de autogobierno, entre otros ámbitos.

Su reforma (que para los inmovilistas parece significar una ruptura con el sistema, y para los maximalistas se identifica con una claudicación o renuncia a nuestras aspiraciones nacionales, al no optar directamente por la independencia) es tan necesaria como imprescindible para poder así actualizar las bases de nuestro autogobierno y para paliar las causas que han originado su incumplimiento en todos estos años de vigencia, además de poder servir como vía para poder aportar garantías jurídicas de salvaguardia de nuestro autogobierno.

El Estatuto de Gernika (art.1) supuso literalmente el reconocimiento de la identidad del «Pueblo Vasco, de Euskal Herria, como expresión de su nacionalidad»: una identidad singular, diferenciada, constituida; esto es, determinada y configurada por la titularidad de tales derechos. Los Derechos Históricos servirían así –y no fue otra la intención de los redactores de la Adicional Primera de la Constitución– de engranaje entre el sustrato foral y el constitucionalismo del Estado moderno.

El debate acerca del recurso a la unilateralidad, la vía catalana frente a bilateralidad en las relaciones con el Estado, ha vuelto a emerger dentro del debate político. Toda estrategia tiene sus costes y sus resultados, y hasta el momento la historia nos enseña que perseverando en nuestra base competencial hemos logrado que se reconozca nuestra singularidad sin saltos en el vacío. Si alteramos unilateralmente la planta, la base, la fuente de nuestro autogobierno, quedaremos desprovistos de legitimidad histórica para reivindicar nuestra singularidad y para poder fundamentar su modernización y evolución.

La foralidad del siglo XXI, en cuyo marco se inscribe la actualización y desarrollo de nuestro autogobierno, se debe asentar sobre la tradición pactista que ha servido de inspiración a la organización política de los territorios vascos desde la etapa foral y sobre los requerimientos de la moderna sociedad democrática que no concibe una fórmula de convivencia política que no cuente con el refrendo de la ciudadanía. Pacto y democracia han de ser los dos pilares que den sustento a la organización política de la nación foral vasca del siglo XXI.

Hay plena base legal para ello: aquí juegan un papel clave la Disposición adicional 1ª de la CE en una lectura actualizadora y basada en una confianza recíproca (no se desborda el marco constitucional) y la Disposición Adicional del Estatuto, al prever que la aceptación del régimen de autonomía que se establece en el mismo no implica renuncia del Pueblo Vasco a los derechos que como tal le hubieran podido corresponder en virtud de su historia y que podrán ser actualizados de acuerdo con lo que establezca el ordenamiento jurídico.

La reforma estatutaria debería ser una verdadera renovación y fortalecimiento de su naturaleza pactada. El problema fundamental al que hay que hacer frente no es una cuestión de titularidades y competencias o de quién ha de gestionar una u otra competencia, sino de reconocimiento de la capacidad de los vascos para hacer valer su voluntad propia y que se respeten los acuerdos alcanzados.

La bilateralidad es el instrumento, nuestra perla competencial, muestra nuestro nivel de soberanía y la capacidad de negociación inter pares, de igual a igual con el Estado. Debemos defender nuestra fuente de autogobierno. Necesitamos exponer técnica y claramente qué supone, defender su mantenimiento, argumentar frente quienes vociferan sin saber ni (y esto es lo peor) querer saber nada: ni de su origen, ni de su base histórica y competencial. Hay que trabajar por mostrar nuestro consenso interno político y social, defenderlo con orgullo y sin prepotencia, con la humildad responsable de quien defiende su origen y su futuro.

 

Juan José Álvarez

Secretario de GLOBERNANCE (Instituto para la Gobernanza Democrática). Juan José Álvarez es Doctor en Derecho, en el área de Derecho Internacional Privado, por la UPV/EHU; obtuvo el premio extraordinario de Doctorado , junto al Premio Extraordinario de Licenciatura y examen de Grado, con la Calificación de Sobresaliente/ Matrícula de honor. Recibió el Premio Eusko-ikaskuntza-Laboral Kutxa de Humanidades, Cultura, Artes y Ciencias Sociales del año 2015. Es Catedrático de Derecho Internacional Privado de la UPV/EHU y profesor visitante en numerosas Universidades y centros de investigación nacionales y europeos. Es cofundador y Secretario de GLOBERNANCE (Instituto para la Gobernanza Democrática). Fue Secretario General del Consejo Vasco del Movimiento Europeo (EUROBASK/CVME) (Mayo de 2003-2012) y designado como experto por la COMISIÓN EUROPEA (Dirección General de Justicia, Libertad y Seguridad), con fecha 17 de diciembre de 2007, para las áreas de Justicia Civil, fronteras, protección de datos personales y ámbitos de seguridad. Sus líneas de investigación se centran en el Derecho Marítimo, Derecho del comercio internacional y DDHH, Derecho europeo y ámbitos vinculados a los conflictos internos. Entre sus últimas investigaciones cabe citar Las Lecciones Jurídicas del Caso Prestige”. Hacia un nuevo Derecho de daños marítimo: tendencias actuales (ARANZADI THOMSON REUTERS, 2012), Human Rights in Business. Removal of Barriers to acces to Justice in the European Union TAYLOR-FRANCIS, 2017), «Brexit y Gibraltar: la perspectiva de las personas jurídicas. Incidencia sobre la libertad de establecimiento y prestación de servicios”,El Brexit y Gibraltar. Un reto con oportunidades conjuntas, Madrid, (ESCUELA DIPLOMÁTICA, 2017), «Crisis Matrimoniales y Conflictos de leyes internos”, Crisis Matrimoniales Internacionales y sus efectos. Derecho Español y de la Unión Europea, TIRANT LO BLANCH, 2018). Es coordinador del observatorio jurídico transfronterizo hispano-francés y director de la Cátedra Universidad-Empresa de CONFEBASK. HTTP://WWW.EUSKOMEDIA.ORG/AUNAMENDI/24402

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