Brexit: del referéndum al pulso a la democracia

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Artículo de opinión de Juanjo Álvarez  @jjalvarez64 publicado el 01/09/2019 en Deia (enlace)Noticias de Gipuzkoa (enlace) y Noticias de Navarra (enlace)

Solventar de forma binaria mediante una consulta a la ciudadanía británica una cuestión tan compleja como la salida del Reino Unido de la UE ha acabado derivando en una auténtica crisis «constitucional» inglesa, una quiebra política y social sin precedentes en la larga historia de la democracia británica. Su peculiar sistema y concepción del parlamentarismo, su aparente sencillez y sobre todo la clara preeminencia del ejecutivo sobre el Parlamento a la hora de fijar la dinámica parlamentaria ha chocado de bruces con la enorme complejidad política derivada del Brexit.

En plenas vacaciones parlamentarias (el parón estival finaliza el próximo martes 3 de septiembre) la Reina de Inglaterra, que en realidad no tenía margen alguno de maniobra, ha validado la orden de suspensión del Parlamento promovida por el primer ministro británico, todo ello en un contexto catártico y ante unas semanas (las que restan de aquí a finales de octubre) que van devenir claves para la historia del Reino Unido.

El primer ministro Boris Johnson está demostrando una determinación y una temeridad que sus principales críticos nunca previeron. Johnson ha puesto en marcha sin rubor ni titubeo alguno el mecanismo para poner fin al periodo de sesiones del actual Parlamento, logrando así callar al Parlamento e impidiéndole debatir acerca de las derivadas de un Brexit sin acuerdo, salvo que su plan sea impedido por vía judicial (abierta ya en tres frentes paralelos y pendiente de decisión)  o por la vía política de una moción de censura.

Conforme al plan de Boris Jonhson, Westminster concluirá su actividad hasta que la Reina Isabel II presida el 14 de octubre la ceremonia formal de apertura de una nueva legislatura. Todo ello se producirá apenas quince días antes del 31 de octubre, fecha (en principio) definitiva para el Brexit.

Para valorar el alcance de la medida adoptada hay que tener presente dos momentos claves dentro del laberinto de votaciones parlamentarias a las que hemos ido asistiendo en los últimos meses: el primer hito importante en el parlamento británico fue la sesión del miércoles 13 de marzo, en que por apenas cuatro votos (312 diputados frente a 308) se aprobó una enmienda que descartaba un Brexit sin acuerdo en cualquier fecha y circunstancia.

El segundo momento parlamentario clave anticipaba en realidad la decisión ahora adoptada por el primer ministro: el Parlamento británico rechazó el pasado 12 de junio  por 309 votos frente a 298 la maniobra impulsada por el Partido Laborista para evitar a toda costa que el nuevo primer ministro que surgiera de las filas conservadoras tras la dimisión de May pudiera llevar adelante un Brexit sin acuerdo. En esta segunda ocasión los diputados conservadores más moderados prefirieron evitar el conflicto interno y decidieron no interferir en el proceso de elección de un nuevo líder tory.

La medida ahora adoptada demuestra cómo en el sistema parlamentario británico el Gobierno tiene un poder casi absoluto a la hora de fijar el orden del día y la agenda legislativa del parlamento de Westminster. Pese a que formalmente sea posible, lo cierto es que desde un punto de vista democrático suena realmente muy fuerte que se pueda frenar todo un trascendental proceso legislativo de debate sobre los siguientes pasos a dar respecto al Brexit mediante el recurso de bloquear la actividad parlamentaria para que los diputados no puedan evitar el desenlace del Brexit.

El conocido y respetado speaker del parlamento, Jonh Bercow, lo ha calificado como «escándalo Constitucional». A escasos dos meses de la fecha límite, el escenario británico es realmente complejo y parece hallarse en un punto de bloqueo sin retorno.

Encima de la mesa del primer ministro británico hay, expuestas y asentadas con claridad, dos voluntades: la de los ciudadanos británicos, que en 2016 votaron por abandonar la UE y la del Parlamento, que rechazó, como antes se ha indicado, un Brexit sin acuerdo. ¿Cuál es la salida a este laberinto?; ¿Secuestrar la decisión del parlamento es la solución?; ¿Descartar, ya con toda la información veraz acerca de las consecuencias del Brexit, la llamada a votar de nuevo por parte de la ciudadanía británica no es la solución más justa y democrática?.

Esta ruleta rusa de descartes se llevó por delante a May y ahora, salvo que una rebelión cívica y democrática lo impida, mancillará para siempre la política británica. Y lo peor es que ese daño reputacional a todo el sistema político británico será sólo una de las perversas derivadas económicas y sociales de un Brexit sin acuerdo.

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Juan José Álvarez

Secretario de GLOBERNANCE (Instituto para la Gobernanza Democrática). Juan José Álvarez es Doctor en Derecho, en el área de Derecho Internacional Privado, por la UPV/EHU; obtuvo el premio extraordinario de Doctorado , junto al Premio Extraordinario de Licenciatura y examen de Grado, con la Calificación de Sobresaliente/ Matrícula de honor. Recibió el Premio Eusko-ikaskuntza-Laboral Kutxa de Humanidades, Cultura, Artes y Ciencias Sociales del año 2015. Es Catedrático de Derecho Internacional Privado de la UPV/EHU y profesor visitante en numerosas Universidades y centros de investigación nacionales y europeos. Es cofundador y Secretario de GLOBERNANCE (Instituto para la Gobernanza Democrática). Fue Secretario General del Consejo Vasco del Movimiento Europeo (EUROBASK/CVME) (Mayo de 2003-2012) y designado como experto por la COMISIÓN EUROPEA (Dirección General de Justicia, Libertad y Seguridad), con fecha 17 de diciembre de 2007, para las áreas de Justicia Civil, fronteras, protección de datos personales y ámbitos de seguridad. Sus líneas de investigación se centran en el Derecho Marítimo, Derecho del comercio internacional y DDHH, Derecho europeo y ámbitos vinculados a los conflictos internos. Entre sus últimas investigaciones cabe citar Las Lecciones Jurídicas del Caso Prestige”. Hacia un nuevo Derecho de daños marítimo: tendencias actuales (ARANZADI THOMSON REUTERS, 2012), Human Rights in Business. Removal of Barriers to acces to Justice in the European Union TAYLOR-FRANCIS, 2017), «Brexit y Gibraltar: la perspectiva de las personas jurídicas. Incidencia sobre la libertad de establecimiento y prestación de servicios”,El Brexit y Gibraltar. Un reto con oportunidades conjuntas, Madrid, (ESCUELA DIPLOMÁTICA, 2017), «Crisis Matrimoniales y Conflictos de leyes internos”, Crisis Matrimoniales Internacionales y sus efectos. Derecho Español y de la Unión Europea, TIRANT LO BLANCH, 2018). Es coordinador del observatorio jurídico transfronterizo hispano-francés y director de la Cátedra Universidad-Empresa de CONFEBASK. HTTP://WWW.EUSKOMEDIA.ORG/AUNAMENDI/24402

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